Qué significa en la práctica
El Congreso aprueba el acuerdo firmado en Buenos Aires el 11 de julio de 2002 entre la Argentina y Pakistán, que consta de nueve artículos. Los dos países se comprometen a adoptar medidas para desarrollar el comercio bilateral y se otorgan recíprocamente el tratamiento de nación más favorecida, conforme a sus compromisos ante la Organización Mundial del Comercio, con dos excepciones clásicas: no se extienden las preferencias del comercio fronterizo con países vecinos ni las que derivan de participar en zonas de libre comercio, uniones aduaneras o mercados comunes —lo que preserva, para la Argentina, las preferencias del MERCOSUR—. La cooperación abarca intercambio de bienes y servicios, operaciones bancarias, transporte, comunicaciones, producción industrial y agrícola, emprendimientos conjuntos, patentes y licencias, transferencia de tecnología y promoción de inversiones. Se crea una Comisión Mixta Argentino-Pakistaní que se reúne alternadamente en cada país y puede convocar expertos y empresarios; las controversias se resuelven por negociación directa.