No se podrán aprobar incrementos en los cargos y horas de cátedra que excedan los totales determinados en las planillas anexas al presente artículo para cada , Organismo Descentralizado e Institución de la Seguridad Social. Exceptúase de dicha limitación a las transferencias de cargos entre Jurisdicciones y/u Organismos Descentralizados y a los cargos correspondientes a las Autoridades Superiores del Poder Ejecutivo nacional.
Quedan también exceptuados los cargos correspondientes a las funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995), las ampliaciones y reestructuraciones de cargos originadas en la reorganización de la Comisión Nacional de Comunicaciones, en el cumplimiento de sentencias judiciales firmes y en reclamos administrativos dictaminados favorablemente y los regímenes que determinen incorporaciones de agentes que completen cursos de capacitación específicos correspondientes a las Fuerzas Armadas, de Seguridad, de la Policía Aeronáutica Nacional, del Servicio Exterior de la Nación, del Cuerpo de Guardaparques Nacionales, de la Carrera del Investigador Científico-Tecnológico y de la Comisión Nacional de Energía Atómica.
Las excepciones previstas en el presente artículo serán aprobadas por decisión del Jefe de Gabinete de Ministros.
Incorpóranse la cantidad de TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTAS (34.500) horas cátedra de nivel superior destinadas al organismo descentralizado 114 - Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social dependiente de la 85 - Ministerio de Desarrollo Social, cuyo costo será atendido con los créditos aprobados por la presente ley para la mencionada entidad.
Qué significa en la práctica
Prohibe aprobar incrementos de cargos y horas de catedra que excedan los totales de las planillas anexas. Exceptua las transferencias de cargos entre jurisdicciones, los cargos de autoridades superiores, los cargos con funciones ejecutivas del Decreto 993/91, las ampliaciones originadas en la reorganizacion de la Comision Nacional de Comunicaciones, en sentencias judiciales firmes y en reclamos administrativos dictaminados favorablemente, y las incorporaciones de quienes completan cursos de las fuerzas armadas y de seguridad, la Policia Aeronautica Nacional, el servicio exterior, guardaparques, la carrera del investigador cientifico y la CNEA. Ademas incorpora 34.500 horas catedra de nivel superior para el Instituto Nacional de Asociativismo y Economia Social (INAES), atendidas con los creditos ya aprobados para esa entidad.