Ley 25.967

Artículo 71Aporte a Telam

Texto oficial

El Jefe de Gabinete de Ministros, en uso de las facultades del artículo 11 y en oportunidad de proceder a la distribución de los créditos conforme al artículo 5º de la presente ley, destinará la suma de TRES MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS ($ 3.700.000) a la Agencia de Noticias Télam S.E.

Qué significa en la práctica

El Jefe de Gabinete destinara $ 3.700.000 a la Agencia de Noticias Telam S.E. ATENCION: el Decreto 1852/2004 OBSERVO la frase «y en oportunidad de proceder a la distribución de los créditos conforme al artículo 5º de la presente Ley». Subsiste la asignacion, pero sin atarla al momento de la distribucion de creditos.

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