Ley 25.967

Artículo 73Ampliacion para LADE y la Fuerza Aerea

Texto oficial

Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros, para que en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 11 de la presente ley, disponga una ampliación en el crédito asignado al Programa 17 - Transporte Aéreo de Fomento - 45 - Subjurisdicción 23 - Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, de TRECE MILLONES DE PESOS ($ 13.000.000) para atender a las necesidades presupuestarias de la empresa Líneas Aéreas del Estado —LADE— y para requerimientos operativos de dicha fuerza.

Qué significa en la práctica

Faculta al Jefe de Gabinete a ampliar en $ 13.000.000 el credito del Programa 17 (Transporte Aereo de Fomento) del Estado Mayor General de la Fuerza Aerea, para atender las necesidades presupuestarias de Lineas Aereas del Estado (LADE) y los requerimientos operativos de la fuerza. El refuerzo equivalente del presupuesto anterior habia sido vetado; este rigio.

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