Ley 25.967

Artículo 78Comision Regional del Rio Bermejo (COREBE)

Texto oficial

El Jefe de Gabinete de Ministros, en la oportunidad de proceder a la distribución de los créditos conforme al artículo 5º de la presente ley, dispondrá que dentro del crédito del Programa 19 - Actividad 2 - Partida Parcial 5.7.1. de la 56 - Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios - Servicio Administrativo 351, se asigne la suma de UN MILLON CUATROCIENTOS MIL PESOS ($ 1.400.000) para financiar gastos de la Comisión Regional del Río Bermejo (COREBE).

Qué significa en la práctica

El Jefe de Gabinete dispondra que, dentro del credito del Programa 19 del Ministerio de Planificacion Federal, se asignen $ 1.400.000 para financiar gastos de la Comision Regional del Rio Bermejo (COREBE).

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