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Ley 25.976

VigenteNacional

Alcira Gigena, sede permanente de la Fiesta Nacional del Productor de Maíz y la Cosecha Gruesa

Sanción:1 de diciembre de 2004Promulgación:28 de diciembre de 2004BO:31 de diciembre de 2004Ver fuente oficial
2artículos
fiestas nacionalesproducción agropecuariamaízCórdobaturismo
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Alcira Gigena, en el departamento Río Cuarto de la provincia de Córdoba, celebra cada noviembre la Fiesta Nacional del Productor del Maíz y la Cosecha Gruesa, una de las tantas celebraciones que en el interior argentino reúnen a la comunidad alrededor de su principal actividad productiva. La Ley de la Fiesta Nacional del Productor de Maíz le dio a esa localidad la condición de sede permanente por norma nacional, de modo que la celebración deje de depender de designaciones administrativas anuales. Es una ley simbólica: no crea obligaciones ni derechos exigibles y no asigna fondos, pero fija por ley la sede de una fiesta nacional, lo que le da estabilidad institucional y respaldo para gestionar apoyo y difusión.

Objetivo

Reconocer por ley a Alcira Gigena como sede permanente de la Fiesta Nacional del Productor del Maíz y la Cosecha Gruesa.

Problema que resuelve

La condición de sede de una fiesta nacional dependía de decisiones administrativas revisables, lo que restaba previsibilidad a la organización de la celebración.

A quiénes alcanza

productores de maízmunicipio de Alcira Gigenaprovincia de Córdobaorganismos nacionales de turismo
Análisis jurídico

Casos de uso

  • •El municipio de Alcira Gigena, que invoca la ley para acreditar su condición de sede permanente ante organismos nacionales.
  • •Una entidad de productores que organiza la fiesta y gestiona apoyo institucional.
  • •Un operador turístico que arma su calendario de eventos del interior cordobés.

Preguntas frecuentes

Que la localidad de Alcira Gigena, provincia de Córdoba, es sede permanente de la Fiesta Nacional del Productor del Maíz y la Cosecha Gruesa.