Ley 25.981

Artículo 2Reglamentación por el Poder Ejecutivo

Texto oficial

El Poder Ejecutivo nacional dispondrá lo necesario y reglamentará esta ley para la efectivización de lo dispuesto en el artículo anterior durante el segundo semestre del año 2004.

Qué significa en la práctica

Ordena al Poder Ejecutivo nacional disponer lo necesario y reglamentar la ley para que el del artículo anterior se concrete. El texto fija ese cumplimiento durante el segundo semestre de 2004, un plazo que quedó desfasado: la ley fue sancionada el 14 de diciembre de 2004 y recién quedó promulgada de hecho el 7 de enero de 2005. El desajuste proviene de la redacción original del proyecto y no altera el principal.

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