Ley 26.017

Artículo 1Bonos alcanzados: los elegibles que no entraron al canje de 2004

Texto oficial

Sin perjuicio de la vigencia de las normas que resulten aplicables, los bonos del Estado nacional que resultan elegibles para el canje establecido en el Decreto Nº 1735 del 9 de diciembre de 2004, que no hubiesen sido presentados al canje según lo establecido en dicho decreto, quedarán sujetos adicionalmente a las disposiciones de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Define a quién se aplica la ley. No a toda la deuda: solo a los bonos del Estado que podían haber entrado al canje del Decreto 1735/2004 (la reestructuración de 2005) y que sus tenedores no presentaron. Esos bonos, además de las normas que ya les correspondían, quedan sujetos a las reglas de esta ley.

Efectos prácticos

  • Delimita el universo de bonos alcanzados: los elegibles que no entraron al canje de 2005.

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