Ley 26.020

Artículo 10Política de mercado y límites a la concentración

Texto oficial

Política de mercado. El Poder Ejecutivo nacional promoverá el incremento del nivel de y desafiabilidad de cada etapa de la industria, garantizando la igualdad de condiciones para todas las empresas que actúen legítimamente en el sector, en beneficio del interés general y de los usuarios en particular. La , dentro de los CIENTO VEINTE (120) días de sancionada esta ley y con el asesoramiento del Tribunal Nacional de Defensa de la deberá: a) Establecer mecanismos de transferencia del producto entre las etapas de producción, fraccionamiento, comercialización y distribución, que sean transparentes y eficientes a fin de garantizar que todos los agentes del mercado, puedan acceder al producto en igualdad de condiciones y priorizando el abastecimiento del mercado interno; b) Establecer mecanismos de estabilización de precios internos para el valor del GLP adquirido por fraccionadores, a fin de evitar bruscas fluctuaciones en los precios internos del mismo; c) Realizar un profundo análisis de la constitución del sector y su comportamiento, a los efectos de establecer límites a la concentración de mercado para cada etapa, o a la integración vertical a lo largo de toda la cadena del negocio. La limitación debe comprender a las sociedades vinculadas, controlantes o controladas, según lo establecido en el Art. 33 — Ley General de Sociedades. Esta tarea deberá ser realizada juntamente con la de la Ley de Defensa de la Competencia e informada, en reunión conjunta a las comisiones de Energía y Combustibles de la Cámara de Diputados y de Minería, Energía y Combustibles de la Cámara de Senadores, ambas del Congreso de la Nación.

Qué significa en la práctica

Manda promover la en cada etapa e igualdad de condiciones. Dentro de los 120 días de sancionada la ley, con asesoramiento del Tribunal de Defensa de la , la autoridad debe: crear mecanismos transparentes de transferencia del producto entre etapas, mecanismos de estabilización de precios internos del GLP que compran los fraccionadores, y analizar el sector para poner límites a la concentración y a la integración vertical (incluidas sociedades vinculadas, controlantes o controladas), informando al Congreso.

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