Ley 26.020

Artículo 13Responsabilidades del fraccionador

Texto oficial

Responsabilidades. El fraccionador será responsable del envasado de GLP, y del cumplimiento de las normas técnicas, de calidad, seguridad y otras que a los efectos dicte la . Asimismo, el fraccionador será responsable por el mantenimiento y reposición de los envases que sean utilizados por éste a los efectos de envasar GLP para su posterior distribución o comercialización, así como por los tanques móviles o fijos de su marca instalados en el domicilio de los usuarios. El fraccionador deberá vender libremente al público y deberá exhibir en el ingreso de cada planta el precio mayorista y minorista vigente.

Qué significa en la práctica

El fraccionador responde por el envasado y por cumplir las normas técnicas, de calidad y seguridad, y por el mantenimiento y reposición de los envases que utiliza y de los tanques de su marca instalados en domicilios. Debe vender libremente al público y exhibir en cada planta el precio mayorista y minorista vigente. El veto quitó la expresión 'propios y de todos aquellos' para no crear incertidumbre sobre la propiedad de los envases.

Ejemplo práctico

La garrafa que te entregan no te la venden: seguís sin ser dueño del envase. Si tiene una falla de seguridad, el responsable de su mantenimiento, prueba y reposición es el fraccionador, no vos.

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