Artículo 3Momento en que nace la obligación tributaria
Texto oficial
La de ingreso del impuesto se configura con:
a) La entrega del bien, emisión de la factura o acto equivalente, en los términos del artículo 7º del Anexo del Decreto Nº 74/98 y sus modificatorios el que fuere anterior.
b) El retiro del producto para su consumo, en el caso del combustible gravado consumido por el sujeto pasivo.
c) El momento de la verificación de la tenencia de los productos, cuando se trate de los sujetos a que se refiere el segundo párrafo del artículo anterior.
d) La determinación de diferencias de inventarios.
e) El despacho a plaza, cuando se trate de productos importados.
Qué significa en la práctica
Enumera los hechos que configuran la de ingresar el impuesto: la entrega del bien, la emisión de la factura o acto equivalente (lo que ocurra antes); el retiro del producto para consumo propio; la verificación de la tenencia sin documentación de pago; la determinación de diferencias de inventario; y el despacho a plaza en el caso de productos importados.
Efectos prácticos
•Fija el momento en que se debe el impuesto segun el tipo de operacion.