Observatorio de Leyes
Legislación argentina accesible
Explorar
Herramientas
Guías
Planes
Buscar
Ingresar
Crear cuenta
Inicio
/
Leyes
/
Capital Nacional del Cooperativismo (Sunchales)
/
Art. 2
Ley 26.037
Artículo 2
Comunicación al Poder Ejecutivo
Descargar artículo (PDF)
Compartir
Guardar
Texto oficial
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Qué significa en la práctica
Fórmula final de rigor: la ley se comunica al Poder Ejecutivo para su promulgación y publicación.
← Artículo anterior
Art. 1 — Sunchales, Capital Nacional del Cooperativismo
Normas relacionadas
Relacionada con
Ley de Cooperativas
→
← Ver en Capital Nacional del Cooperativismo (Sunchales) completa
Leyes →