Artículo 2Cargo: destino del inmueble a un proyecto social
Texto oficial
La transferencia dispuesta en el artículo anterior se realiza con el cargo de afectar el inmueble descrito al desarrollo de un proyecto social vinculado al albergue y recreación de jubilados y pensionados residentes en la provincia de Río Negro.
Qué significa en la práctica
Condiciona la transferencia: la Provincia debe afectar el terreno a un proyecto social de albergue y recreación para jubilados y pensionados residentes en Río Negro. Este destino es obligatorio (cargo).