Apruébase el CONVENIO DE COOPERACION EN MATERIA DE SALUD ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DEL PERU, suscripto en Lima -REPUBLICA DEL PERU- el 19 de mayo de 2003, que consta de QUINCE (15) artículos y UNA (1) fe de erratas, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
El Congreso aprueba el Convenio de Cooperación en Materia de Salud entre la República Argentina y la República del Perú, firmado en Lima el 19 de mayo de 2003. El convenio consta de quince artículos y una fe de erratas, cuya copia autenticada integra la ley. La aprobación es el paso interno que habilita al Poder Ejecutivo a ratificar el tratado y ponerlo en vigor.