Ley 26.047

Artículo 1Registros comprendidos

Texto oficial

El Registro Nacional de Sociedades por Acciones, creado por el Art. 8 — Ley General de Sociedades de sociedades comerciales —t.o. 1984 y sus modificaciones—, los Registros Nacionales de Sociedades Extranjeras y de Asociaciones Civiles y fundaciones, creados por el Art. 4 — Ley de la Inspección General de Justicia (IGJ) y el Registro Nacional de Sociedades no Accionarias, creado por el decreto 23 de fecha 18 de enero de 1999, se regirán por las disposiciones de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Somete a esta ley al Registro Nacional de Sociedades por Acciones (Art. 8 — Ley General de Sociedades), a los de Sociedades Extranjeras y de Asociaciones Civiles y Fundaciones (Art. 4 — Ley de la Inspección General de Justicia (IGJ)) y al de Sociedades no Accionarias.

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