Resumen ejecutivo
Ley tributaria. Incorpora, a continuacion del inciso k) del cuarto parrafo del articulo 28 de la Ley del IVA (t.o. 1997), un nuevo apartado que somete a la alicuota reducida (equivalente al cincuenta por ciento de la general) a las ventas, las locaciones del inciso c) del articulo 3 y las importaciones definitivas de fertilizantes quimicos para uso agricola. Ademas, otorga a los fabricantes o importadores de esos bienes el tratamiento de los parrafos segundo a cuarto del inciso e) respecto del saldo a favor originado por el credito fiscal de sus compras, importaciones, servicios y locaciones destinados a fabricarlos o importarlos, con intervencion de la Secretaria de Agricultura, Ganaderia, Pesca y Alimentos; y faculta a la AFIP a establecer un procedimiento optativo de determinacion estimativa con ajuste anual del monto de la devolucion. Rige desde su publicacion, con efecto para los hechos imponibles del primer dia del mes siguiente. Fue promulgada de hecho, por lo que no hubo veto posible.Objetivo
Reducir la carga de IVA sobre los fertilizantes quimicos de uso agricola para abaratar un insumo clave de la produccion agropecuaria.Problema que resuelve
Los fertilizantes quimicos de uso agricola tributaban IVA a la alicuota general, encareciendo un insumo esencial del agro y generando saldos a favor de dificil recupero en la cadena de produccion.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes