La constitución inicial
del Fondo se hará, sobre la base de cincuenta millones de pesos ($
50.000.000), a través de un subsidio atendido por los fondos del Tesoro
nacional, pudiendo crecer el mismo en forma programada en función de
las hectáreas sembradas.
(Nota Infoleg: por Art. 2 — Ley 26.933 B.O. 30/5/2014, se amplía a pesos
ciento sesenta millones ($ 160.000.000) el Fondo de Compensación de
Ingresos para la Producción Algodonera (FCIPA) creado por el artículo
7° del Capítulo I del Título II de la presente ley. Este monto que podrá
incrementarse en función de situaciones coyunturales económicas que lo
justifiquen se financiará a través de una partida atendida por el
Tesoro Nacional incluida en el Presupuesto General de la Nación)
Qué significa en la práctica
El Fondo se constituye inicialmente con $50.000.000 mediante un subsidio del Tesoro nacional, y puede crecer en forma programada según las hectáreas sembradas. La Ley 26.933 (2014) amplió el monto a $160.000.000.