Ley 26.086

Artículo 5El acuerdo homologado alcanza a todos los acreedores (art. 56 de la Ley 24.522)

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 56 — Ley de Concursos y Quiebras y sus modificatorias, por el siguiente: "Artículo 56: Aplicación a todos los acreedores. El acuerdo homologado produce efectos respecto de todos los acreedores quirografarios cuyos créditos se hayan originado por causa anterior a la presentación, aunque no hayan participado en el procedimiento. También produce iguales efectos respecto de los acreedores privilegiados verificados, en la medida en que hayan renunciado al privilegio. Son absolutamente nulos los beneficios otorgados a los acreedores que excedan de lo establecido en el acuerdo para cada categoría. Socios solidarios. El acuerdo se extiende a los socios ilimitadamente responsables, salvo que, como condición del mismo, se estableciera mantener su responsabilidad en forma más amplia respecto de todos los acreedores comprendidos en él. Verificación tardía. Los efectos del acuerdo homologado se aplican también a los acreedores que no hubieran solicitado verificación, una vez que hayan sido verificados. El pedido de verificación tardía debe deducirse por incidentes mientras tramite el concurso o, concluido éste, por la acción individual que corresponda, dentro de los dos años de la presentación en concurso. Si el título verificatorio fuera una de un juicio tramitado ante un tribunal distinto que el del concurso, por tratarse de una de las excepciones previstas en el artículo 21, el pedido de verificación no se considerará tardío, si, no obstante haberse excedido el plazo de dos años previsto en el párrafo anterior, aquél se dedujere dentro de los seis meses de haber quedado firme la . Vencidos esos plazos prescriben las acciones del acreedor, tanto respecto de los otros acreedores como del concursado, o terceros vinculados al acuerdo, salvo que el plazo de sea menor. Cuando la verificación tardía tramite como durante el concurso, serán parte en dicho el acreedor y el deudor, debiendo el síndico emitir un informe una vez concluido el . Los acreedores verificados tardíamente no pueden reclamar de sus coacreedores lo que hubieren percibido con arreglo al acuerdo, y el juez fijará la forma en que se aplicarán los efectos ya ocurridos, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones".

Qué significa en la práctica

Reescribe el artículo 56: el acuerdo homologado obliga a todos los acreedores quirografarios de causa anterior, hayan participado o no. Regula la verificación tardía y fija que, cuando el crédito surja de una de otro tribunal (por la exclusión del art. 21), el pedido no es tardío si se hace dentro de los 6 meses de quedar firme.

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