Resumen ejecutivo
Ley de emergencia que declara Zona de Desastre y Emergencia Economica y Social a veinticuatro departamentos de la provincia del Chaco afectados por la sequia, para el periodo del 10 de febrero al 30 de noviembre de 2006, prorrogable por el Poder Ejecutivo. Crea un Fondo Especial de Emergencia para la asistencia y reconstruccion productiva, cuyos recursos provienen de asignaciones del Poder Ejecutivo en el marco del presupuesto 2006, donaciones y legados, organismos multilaterales de credito y aportes de la provincia, para financiar la recuperacion de cultivos y produccion horticola, apicola y ganadera, la provision de agua y elementos vitales, la construccion de reservorios y subsidios directos. Faculta al Poder Ejecutivo a instrumentar, a traves de la AFIP y la ANSES, regimenes especiales de pago para los productores afectados (periodo de gracia de un ano, refinanciacion en hasta 120 cuotas y quita de intereses y eventuales condonaciones), a adoptar medidas de refinanciacion a traves del Banco de la Nacion Argentina, a ampliar los fondos de planes sociales y a reestructurar partidas presupuestarias. Sus beneficios se aplican tambien, en lo pertinente, a los departamentos de Salta y Jujuy cuya emergencia declaro la Zona de desastre en Jujuy y Salta (2006). Fue promulgada el 24 de abril de 2006; la ficha de InfoLeg no registra observaciones ni .Objetivo
Atender la emergencia economica y social provocada por la sequia en la provincia del Chaco, financiando la asistencia y la reconstruccion productiva y aliviando la carga impositiva y previsional de los productores afectados.Problema que resuelve
La sequia provoco graves perjuicios en los cultivos de girasol, trigo, soja, maiz y algodon y en la produccion horticola, apicola y ganadera de amplias zonas del Chaco, con impacto social y economico que excedia la de respuesta ordinaria.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes