La ocupación de los cargos orgánicos de la Policía de Seguridad Aeroportuaria así como el ascenso al grado jerárquico superior del personal policial de la institución será decidido por el Poder Ejecutivo Nacional a propuesta del Director Nacional de la institución, de acuerdo con el mérito y los antecedentes de los aspirantes, conforme los mecanismos de selección que se implementen a través de la reglamentación, los cuales deberán regirse por los siguientes criterios: 1. La formación y capacitación profesional. 2. El desempeño a lo largo de su carrera profesional. 3. Los antecedentes funcionales y disciplinarios. 4. La antigüedad en la Policía de Seguridad Aeroportuaria y en el grado jerárquico. La reglamentación determinará el grado o grados jerárquicos requeridos, el perfil profesional y/o las destrezas o formación profesionales para la ocupación de cada cargo orgánico de la Policía de Seguridad Aeroportuaria.
Qué significa en la práctica
La ocupación de cargos y el ascenso los decide el Poder Ejecutivo a propuesta del Director Nacional, según el mérito, la formación, el desempeño y la antigüedad.