Modifícase el inciso e) del Art. 11 — Ley de Seguridad Interior de Seguridad Interior, el que quedará redactado de la siguiente forma: "e) Los titulares de: - Policía Federal Argentina; - Policía de Seguridad Aeroportuaria; - Prefectura Naval Argentina; - Gendarmería Nacional; y - Cinco jefes de policía de las provincias que adhieran al sistema pos que rotarán anualmente de acuerdo a lo que se establezca en la reglamentación, procurando que queden representadas todas las regiones del país".