Artículo 2Continuidad de los integrantes con designación vigente
Texto oficial
Los integrantes de la U.I.F., cuyas designaciones no se encuentren vencidas a la fecha de la presente ley, continuarán en sus cargos hasta la finalización de las mismas, en carácter de integrantes ad-hoc del Consejo Asesor, en las mismas condiciones en que han sido designados.
Qué significa en la práctica
Disposición transitoria: los integrantes de la UIF cuyas designaciones no estuvieran vencidas a la fecha de la ley continúan en sus cargos hasta que finalicen, en carácter de integrantes ad-hoc del Consejo Asesor, en las mismas condiciones en que habían sido designados.