Las acciones para imponer sanciones por la presente ley prescriben a los CINCO (5) años contados a partir de la fecha en que se hubiere cometido la infracción o que la hubiere tomado conocimiento de la misma.
Qué significa en la práctica
Las acciones para sancionar prescriben a los cinco años, contados desde que se cometió la infracción o desde que la autoridad tomó conocimiento de ella.