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Reforma del artículo 37 de la Ley de Administración Financiera (delegación presupuestaria al Jefe de Gabinete)
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Art. 2
Ley 26.124
Artículo 2
Entrada en vigencia
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Texto oficial
La presente ley entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Qué significa en la práctica
La ley rige desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
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Modifica a
Administración Financiera
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Relacionada con
Ley de Responsabilidad Fiscal
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