Los Juzgados Federales de las ciudades de Santa Fe y Reconquista, remitirán al juzgado que se crea en virtud de esta ley, previo consentimiento de las partes en juicio, las causas en trámite que le correspondan según la territorial establecida, con excepción de las causas penales y de las que se encuentren en etapa de .
Qué significa en la práctica
Los juzgados de Santa Fe y Reconquista deben remitir al nuevo juzgado las causas en trámite que le correspondan por territorio, con el consentimiento de las partes, salvo las causas penales y las que estén en etapa de .