Resumen ejecutivo
La ley internaliza la Decisión CMC Nº 18/05 del MERCOSUR, que organiza el Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM), creado por la Decisión CMC Nº 45/04. El FOCEM financia programas para promover la convergencia estructural, la competitividad, la cohesión social (especialmente de las economías menores y regiones menos desarrolladas) y el fortalecimiento institucional del bloque. Se integra con aportes anuales no reembolsables de los Estados Parte por un total de cien millones de dólares, según porcentajes fijados por la media histórica del PBI (Argentina 27%, Brasil 70%, Paraguay 1% y Uruguay 2%). Los recursos de los programas de convergencia y cohesión se distribuyen con prioridad hacia las economías menores (Paraguay 48%, Uruguay 32%, Argentina 10% y Brasil 10%); los Estados beneficiarios deben cofinanciar al menos el 15% de cada proyecto, sujeto a auditorías externas. La Decisión tiene una vigencia de diez años y entra en vigor según el artículo 40 del Protocolo de Ouro Preto.Objetivo
Incorporar al derecho interno la Decisión CMC Nº 18/05 sobre el FOCEM, dando base jurídica a los aportes argentinos y al financiamiento de proyectos de convergencia estructural del MERCOSUR.Problema que resuelve
Las asimetrías entre las economías del MERCOSUR impedían que los países más chicos aprovecharan la ampliación del mercado; el FOCEM aporta financiamiento solidario para reducir esas asimetrías y fortalecer la integración.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes