Artículo 1Aprobación del Convenio de Santa Cruz de la Sierra (constitutivo de la SEGIB) y su Estatuto
Texto oficial
Apruébase el CONVENIO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA CONSTITUTIVO DE LA SECRETARIA GENERAL IBEROAMERICANA, suscripto en La Paz —REPUBLICA DE BOLIVIA— el 27 de agosto de 2004 y el ESTATUTO DE LA SECRETARIA GENERAL IBEROAMERICANA, aprobado en San José de Costa Rica —REPUBLICA DE COSTA RICA— el 20 de noviembre de 2004, que constan de CATORCE (14) y DOCE (12) artículos respectivamente, cuyas fotocopias autenticadas forman parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
El Congreso aprueba dos instrumentos internacionales: el Convenio de Santa Cruz de la Sierra, firmado en La Paz el 27 de agosto de 2004 (14 artículos), que crea la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB) como organismo internacional con personalidad jurídica propia y sede en Madrid; y el Estatuto de la SEGIB, aprobado en San José de Costa Rica el 20 de noviembre de 2004 (12 artículos), que regula su naturaleza, funciones, estructura y presupuesto. La SEGIB es el órgano permanente de apoyo de la Conferencia Iberoamericana (las Cumbres Iberoamericanas de Jefes de Estado y de Gobierno). Con la aprobación por ley, ambos instrumentos se incorporan al derecho argentino.