Ley 26.165

Artículo 35Criterios interpretativos del ACNUR

Texto oficial

En el cumplimiento de las funciones que les son asignadas en la presente ley, la Secretaría Ejecutiva y la Comisión tendrán presente los criterios interpretativos emanados de las Conclusiones del Comité Ejecutivo del ACNUR y de las recomendaciones del Manual de Procedimientos y Criterios para Determinar la Condición de Refugiado del ACNUR. CAPITULO I Del ingreso al territorio nacional y la interposición de una solicitud para el reconocimiento de la condición de refugiado

Qué significa en la práctica

La Secretaría Ejecutiva y la Comisión tienen presentes los criterios de las Conclusiones del Comité Ejecutivo del ACNUR y del Manual de Procedimientos y Criterios para Determinar la Condición de Refugiado.

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