Ley 26.178

Artículo 1Prórroga de dos años del plazo de la Ley 25.985

Texto oficial

Prorrógase por el plazo de DOS (2) años y a todos sus efectos, la fecha de vencimiento establecida por la Prórroga de las leyes reparatorias 24.043 y 24.411 para acogerse a los beneficios contemplados por las Leyes Nros. 24.043 y 24.411, sus complementarias y modificatorias. (Nota Infoleg: por Art. 1 — Ley 26.521 B.O. 16/10/2009 se prorroga por el plazo de DOS (2) años, a partir del vencimiento de la presente Ley, para acogerse a los beneficios establecidos por las Leyes 24.043, 24.411 y presentar la solicitud requerida por las mismas)

Qué significa en la práctica

Extiende por dos años, y a todos sus efectos, el plazo que había fijado la Prórroga de las leyes reparatorias 24.043 y 24.411 para acogerse a los beneficios reparatorios de las Leyes 24.043 (detenidos a disposición del Poder Ejecutivo durante el ) y 24.411 (causahabientes de personas desaparecidas o fallecidas por el terrorismo de Estado), junto con sus normas complementarias y modificatorias.

Ejemplo práctico

Un ex detenido a disposición del Poder Ejecutivo durante el estado de sitio que dejó pasar el plazo anterior sin presentar su solicitud puede, gracias a esta prórroga, iniciar el trámite de la Ley 24.043 dentro de los dos años siguientes.

Efectos prácticos

  • Reabre por dos años la posibilidad de solicitar los beneficios de las Leyes 24.043 y 24.411.
  • Evita que la caducidad del plazo deje sin reparación a víctimas que aún no se habían presentado.

Normas relacionadas

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