Volver al listado

Ley 26.179

VigenteNacional

Vuelto a favor del consumidor en diferencias menores a cinco centavos (sustituye el art. 9º bis de la Ley 22.802)

Sanción:29 de noviembre de 2006Promulgación:19 de diciembre de 2006BO:20 de diciembre de 2006Ver fuente oficial
3artículos
Lealtad comercialDefensa del consumidorVueltoRedondeoExhibición obligatoria
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Ley del vuelto a favor del consumidor reescribe el Art. 9 — Ley de Lealtad Comercial de Lealtad Comercial (artículo que había sido incorporado por la Ley de los cinco centavos). Fija dos reglas de protección al : primero, que cuando del monto total a pagar surja una diferencia menor a cinco centavos y sea imposible devolver el vuelto, esa diferencia sea siempre a favor del ; segundo, que todo establecimiento donde se cobren bienes o servicios exhiba obligatoriamente esa regla mediante carteles o publicaciones permanentes de medidas no inferiores a 15 x 21 cm. Los comercios tenían 30 días desde la promulgación para colocar los carteles. La ley fue promulgada de hecho, es decir, sin decreto de promulgación (por lo que no hubo veto).

Objetivo

Impedir que el redondeo del vuelto por falta de monedas se resuelva en perjuicio del y garantizar que la regla sea visible en los comercios.

Problema que resuelve

Ante la escasez de monedas, los comercios redondeaban el vuelto en su propio favor, apropiándose de las diferencias de pocos centavos frente a cada .

A quiénes alcanza

ConsumidoresComercios y establecimientos que cobran bienes o serviciosAutoridad de aplicación de la Ley de Lealtad Comercial
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Todo establecimiento donde se cobren bienes o servicios debe exhibir la regla del vuelto en carteles o publicaciones permanentes de al menos 15 x 21 cm.
  • Los comercios tenían 30 días desde la promulgación para colocar esos carteles.
  • Cuando no pueda devolverse el vuelto, la diferencia menor a cinco centavos debe quedar siempre a favor del .

Derechos que reconoce

  • El tiene derecho a que toda diferencia menor a cinco centavos imposible de devolver quede a su favor.
  • El tiene derecho a ver exhibida esa regla en un cartel visible en el comercio.

Casos de uso

  • En una compra el total es de $10,03 y el paga $10,05; como el comercio no tiene monedas de menos de cinco centavos, la diferencia queda a favor del .
  • Un comercio coloca en la caja un cartel de al menos 15 x 21 cm informando que las diferencias de vuelto menores a cinco centavos son a favor del .

Preguntas frecuentes

Que cuando surja una diferencia menor a cinco centavos en el monto a pagar y sea imposible devolver el vuelto, esa diferencia sea siempre a favor del ; y obliga a los comercios a exhibir la regla en un cartel permanente.