Ley 26.180

Artículo 3Prórroga de una suspensión en el IVA

Texto oficial

Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007, inclusive, la suspensión del artículo incorporado sin número a continuación del artículo 24 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, que fuera dispuesta por el Art. 1 — Ley de IVA reducido para granos y cueros.

Qué significa en la práctica

Extiende hasta el 31 de diciembre de 2007 la suspensión del artículo incorporado sin número a continuación del artículo 24 de la Ley de IVA (t.o. 1997), suspensión dispuesta por la Ley de IVA reducido para granos y cueros.

Normas relacionadas

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