Ley 26.190

Artículo 6Politicas

Texto oficial

Políticas - El Poder Ejecutivo nacional, a través de la , instrumentará entre otras, las siguientes políticas públicas destinadas a promover la inversión en el campo de las energías renovables: a) Elaborar, en coordinación con las jurisdicciones provinciales, un Programa Federal para el Desarrollo de las Energías Renovables el que tendrá en consideración todos los aspectos tecnológicos, productivos, económicos y financieros necesarios para la administración y el cumplimiento de las metas de participación futura en el mercado de dichos energéticos. b) Coordinar con las universidades e institutos de investigación el desarrollo de tecnologías aplicables al aprovechamiento de las fuentes de energía renovables, en el marco de lo dispuesto por la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación de Ciencia, Tecnología e Innovación. c) Identificar y canalizar apoyos con destino a la investigación aplicada, a la fabricación nacional de equipos, al fortalecimiento del mercado y aplicaciones a nivel masivo de las energías renovables. d) Celebrar acuerdos de cooperación internacional con organismos e institutos especializados en la investigación y desarrollo de tecnologías aplicadas al uso de las energías renovables. e) Definir acciones de difusión a fin de lograr un mayor nivel de aceptación en la sociedad sobre los beneficios de una mayor utilización de las energías renovables en la matriz energética nacional. f) Promover la capacitación y formación de recursos humanos en todos los campos de aplicación de las energías renovables.

Qué significa en la práctica

El Poder Ejecutivo instrumenta las politicas de promocion de las energias renovables a traves de la autoridad de aplicacion.

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