Ley 26.198

Artículo 72Aportes a entidades sin fines de lucro

Texto oficial

El JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 37 — Administración Financiera, asignará al Programa 17 de la JURISDICCION 01, la suma de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL PESOS ($ 5.895.000) para el cumplimiento de programas destinados a personas de existencia ideal con personería jurídica y sin fines de lucro, mediante asignaciones de préstamos no reintegrables y/o con financiamiento compartido.

Qué significa en la práctica

Encomienda al Jefe de Gabinete asignar $5.895.000 al Programa 17 de la 01 para programas destinados a personas jurídicas sin fines de lucro, mediante préstamos no reintegrables o financiamiento compartido.

Normas relacionadas

← Ver en Presupuesto 2007 completaLeyes