En cualquier estado del proceso el requerido puede dar su consentimiento libre y expreso para ser entregado a la Corte. En tal caso, el juez debe resolver sin más trámite acordando su entrega. Acto seguido remitirá de inmediato copia del auto al Poder Ejecutivo para que le informe en forma urgente a la Corte y le solicite indicaciones para realizar el traslado. El Poder Ejecutivo una vez recibidas las instrucciones las comunicará de inmediato al juez a los fines de la entrega.
Qué significa en la práctica
Vía rápida: en cualquier momento del proceso el requerido puede consentir libre y expresamente ser entregado a la Corte. Si lo hace, el juez debe resolver sin más trámite acordando la entrega y mandar copia del auto al Poder Ejecutivo, que informa con urgencia a la Corte y le pide instrucciones para el traslado; recibidas, el Ejecutivo se las comunica de inmediato al juez para concretar la entrega.