Ley 26.204

Artículo 6Prórroga de la Emergencia Alimentaria Nacional

Texto oficial

Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007 la Emergencia Alimentaria Nacional declarada por el Decreto Nº 108 del 15 de enero de 2002 y sus normas modificatorias y complementarias, en los términos de la Prórroga de la emergencia pública 2006.

Qué significa en la práctica

Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2007 la Emergencia Alimentaria Nacional declarada por el Decreto 108/2002 y sus normas modificatorias y complementarias, en los términos de la Prórroga de la emergencia pública 2006.

Normas relacionadas

← Ver en Ley 26.204 completaLeyes