Ley 26.215

Artículo 71Procedimiento aplicable

Texto oficial

Aplíquese el procedimiento previsto en el Capítulo III del Título VI del Código Electoral Nacional (Ley 19.945) - Código Electoral Nacional (Ley 19.945), t.o. por Decreto 2135/83 - para la sanción de aquellas conductas penadas en esta ley.

Qué significa en la práctica

Remite, para sancionar las conductas penadas por esta ley, al procedimiento del Capítulo III del Título VI del Código Electoral Nacional (Ley 19.945) (Código Electoral Nacional (Ley 19.945), t.o. por Decreto 2135/83). El texto original de 2006 remitía a la Ley 23.298 (Orgánica de los Partidos Políticos) y a los códigos procesales civil y penal; la reforma unificó el trámite en el Código Electoral.

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