Ley 26.216

Artículo 1Declara la emergencia nacional en materia de armas de fuego

Texto oficial

Declárase la emergencia nacional en materia de tenencia, fabricación, importación, exportación, transporte, depósito, almacenamiento, tránsito internacional, registración, , comodato y de armas de fuego, municiones, explosivos y demás materiales controlados, registrados o no registrados, durante el término de un año. II AUTORIDAD DE APLICACION

Qué significa en la práctica

Declara la emergencia nacional en todo lo que hace a las armas de fuego y materiales controlados: tenencia, fabricación, importación, exportación, transporte, depósito, registración, , comodato y . La declaración de emergencia es lo que habilita al Estado a tomar las medidas excepcionales que siguen, empezando por el programa de entrega voluntaria.

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