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Ley 26.220

VigenteNacional

Creación de la Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial

Sanción:20 de diciembre de 2006BO:24 de enero de 2007Ver fuente oficial
7artículos
justicia comercialorganización judicialcámara de apelaciones
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La ley crea una nueva Sala, identificada con la letra F, en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de la Capital Federal, con una Secretaría de Cámara y los cargos de jueces y personal correspondientes. Amplía la de la segunda instancia del comercial para descongestionar la resolución de apelaciones. La distribución de causas la fija la Corte Suprema por acordada, y la designación de los jueces sigue el circuito del Consejo de la Magistratura, sujeta al crédito presupuestario.

Objetivo

Ampliar la de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial creando una nueva sala.

Problema que resuelve

El comercial de segunda instancia estaba sobrecargado, con demoras en la resolución de las apelaciones.

A quiénes alcanza

litigantes del fuero comercialabogadosempresasPoder Judicial de la Nación
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Consejo de la Magistratura debe remitir las ternas de candidatos al Poder Ejecutivo dentro de los 120 días de la publicación de la ley (artículo 4).

Derechos que reconoce

  • Que los litigantes del comercial cuenten con una sala adicional de apelaciones que ayude a descongestionar la segunda instancia (artículo 1).

Casos de uso

  • Una en un juicio comercial puede quedar radicada en la nueva Sala F según la distribución que fije la Corte Suprema.

Preguntas frecuentes

Crea una nueva Sala, identificada con la letra F, en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de la Capital Federal, con una Secretaría de Cámara (artículo 1).