NORMAS DEL RÉGIMEN LABORAL La Concesionaria estará sujeta en las relaciones con su personal a las prescripciones de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (T.O. 1976) y sus modificatorias, así como los Convenios Colectivos de Trabajo que hubieran sido celebrados con las asociaciones gremiales representativas de su personal o los que celebre en el futuro. La Concesionaria deberá cumplir con todas las normas laborales, previsionales y de seguridad e higiene aplicables en el orden nacional.
Qué significa en la práctica
La Concesionaria se rige en las relaciones con su personal por la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 y los convenios colectivos, y debe cumplir las normas laborales, previsionales y de seguridad e higiene.