Artículo 1Aprobación del Acuerdo con Brasil sobre residencia permanente
Texto oficial
Apruébase el ACUERDO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL PARA LA CONCESION DE RESIDENCIA PERMANENTE A TITULARES DE RESIDENCIAS TRANSITORIAS O TEMPORARIAS, suscripto en Puerto Iguazú el 30 de noviembre de 2005, que consta de ONCE (11) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Aprueba el Acuerdo entre la Argentina y la República Federativa del Brasil para la concesión de residencia permanente a titulares de residencias transitorias o temporarias, suscripto en Puerto Iguazú el 30 de noviembre de 2005 (once artículos). Permite que los brasileños con residencia temporaria en la Argentina —y los argentinos en Brasil— accedan a la residencia permanente al vencer aquélla, presentando la solicitud dentro del plazo previsto y sin tener que salir del país ni reiniciar el trámite migratorio desde cero.