Artículo 1Aprobación del Convenio Básico con la OPS/OMS sobre privilegios e inmunidades
Texto oficial
Apruébase el CONVENIO BASICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA ORGANIZACION PANAMERICANA DE LA SALUD/ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD SOBRE RELACIONES INSTITUCIONALES Y PRIVILEGIOS E INMUNIDADES, suscripto en Buenos Aires el 16 de junio de 2005, que consta de CUARENTA Y TRES (43) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Aprueba el convenio básico firmado en Buenos Aires el 16 de junio de 2005 con la Organización Panamericana de la Salud / Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS), organismo internacional del sistema de las Naciones Unidas (consta de 43 artículos). El convenio regula las relaciones institucionales entre la Argentina y la OPS/OMS y reconoce a la Organización, a su representación en el país, a sus locales y a sus funcionarios el régimen de privilegios e inmunidades habitual de los organismos internacionales, para que puedan cumplir sus funciones de cooperación sanitaria en territorio argentino. Con la aprobación del Congreso, el convenio queda incorporado al derecho argentino.