Artículo 14Fondo Nacional para la Erradicacion del Chagas (Foneecha)
Texto oficial
Los criterios y parámetros para la distribución de los recursos del Fondo Nacional para la Erradicación de la Enfermedad de Chagas (Foneecha) entre las jurisdicciones provinciales, así como también las cuestiones procedimentales inherentes a la gestión del mismo, se acordarán en el marco del Consejo Federal de Salud.
Qué significa en la práctica
Los criterios y parametros para distribuir los recursos del Fondo Nacional para la Erradicacion de la Enfermedad de Chagas (Foneecha) entre las provincias, y las cuestiones de gestion del fondo, se acuerdan en el marco del Consejo Federal de Salud.