Ley 26.287

Artículo 4Vigencia: desde el ejercicio fiscal 2007

Texto oficial

Las disposiciones de la presente ley serán de aplicación a partir del ejercicio fiscal 2007, rigiendo a partir del 1º de enero de 2007.

Qué significa en la práctica

Establece que las disposiciones de la ley se aplican a partir del ejercicio fiscal 2007, rigiendo desde el 1º de enero de 2007.

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