Artículo 2Gestiones de la Comision Nacional de Monumentos
Texto oficial
La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos realizará en relación con dicho predio las gestiones que le encomienda la Ley de Monumentos Históricos.
Qué significa en la práctica
La Comision Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Historicos debe realizar, respecto del predio, las gestiones que le encomienda la Ley de Monumentos Históricos (regimen de proteccion del patrimonio historico y artistico).