Resumen ejecutivo
La Ley del GLP (garrafas) creo el Fondo Fiduciario para subsidiar el consumo residencial de gas licuado de petroleo (GLP, la garrafa). Esta reforma reescribe su articulo 45 y define con precision los tres destinos del fondo: (a) comprar garrafas y cilindros para usuarios de bajos recursos; (b) expandir ramales de transporte, distribucion y redes domiciliarias de gas natural en zonas sin cobertura, priorizando las provincias que aun no tienen el sistema; y (c) sostener un precio regional diferencial de las garrafas de 10, 12 y 15 kg en Corrientes, Chaco, Formosa, Misiones y el norte de Santa Fe (desde la Ruta Provincial 98 hacia el Norte) hasta que esa region acceda a redes de gas natural.Objetivo
Precisar los destinos del Fondo Fiduciario de subsidios de GLP y establecer un precio diferencial de garrafas para el NEA y el norte de Santa Fe.Problema que resuelve
Las regiones sin red de gas natural dependen de la garrafa, mas cara, y el destino del fondo de subsidios no estaba suficientemente delimitado.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes