Resumen ejecutivo
La ley actualiza el Impuesto sobre los Bienes Personales, que grava el patrimonio de las personas al 31 de diciembre de cada año. Sustituye el viejo mínimo no imponible por un mecanismo de exención: quien tenga bienes por hasta $305.000 no paga el impuesto, pero si supera ese valor tributa sobre la totalidad de sus bienes (no solo sobre el excedente). Deroga el artículo 24 (que fijaba el mínimo exento anterior) y adecua las remisiones. El cambio central son las alícuotas progresivas por tramos: 0,50% para patrimonios de más de $305.000 hasta $750.000; 0,75% de más de $750.000 hasta $2.000.000; 1,00% de más de $2.000.000 hasta $5.000.000; y 1,25% para más de $5.000.000. También sube al 1,25% la alícuota del art. 26 para responsables sustitutos de bienes de sujetos del exterior. Las modificaciones rigen desde el período fiscal 2007.Objetivo
Actualizar el mínimo exento y la escala de alícuotas del Impuesto sobre los Bienes Personales a partir del período fiscal 2007.Problema que resuelve
El mínimo exento y las alícuotas de Bienes Personales habían quedado desactualizados frente a la inflación y la suba de valores, alcanzando a contribuyentes de patrimonios modestos con una escala poco progresiva.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes