Artículo 1Asignación especial de reparación histórica para la UNLu
Texto oficial
Establécese una asignación presupuestaria especial y extraordinaria en la suma de hasta CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($ 50.000.000) con destino a la Universidad Nacional de Luján (UNLu), en concepto de reparación por los daños y posterior cierre sufridos por la Universidad y su comunidad durante su cierre en el período comprendido entre los años 1976 a 1983, la que se denominará "Asignación Especial de Reparación Histórica para la Universidad Nacional de Luján Dr. Emilio Fermín Mignone".
La asignación mencionada en el párrafo anterior, se fijará en la ley de Presupuesto para la Administración Pública Nacional, debiendo incluirse en el ejercicio financiero correspondiente al del año de entrada en vigencia de la presente ley, los montos necesarios requeridos para el inicio de ejecución del plan de inversiones que, a tales efectos, elaborará la Universidad Nacional de Luján (UNLu).
Dispónese que en las cuatro leyes de Presupuesto Nacional subsiguientes al ejercicio financiero mencionado en el párrafo anterior, deberán incluirse los montos necesarios para la prosecución y finalización del plan de inversiones y obras previsto.
El Jefe de Gabinete de Ministros efectuará las reestructuraciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones emanadas de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Crea una asignación presupuestaria especial y extraordinaria de hasta $50.000.000 con destino a la Universidad Nacional de Luján, en concepto de reparación por los daños y el cierre que sufrió la universidad y su comunidad entre 1976 y 1983, denominada «Asignación Especial de Reparación Histórica para la Universidad Nacional de Luján Dr. Emilio Fermín Mignone». La asignación se fija en la ley de Presupuesto del año de entrada en vigencia y en las cuatro leyes de presupuesto siguientes, para financiar un plan de inversiones que elabora la propia universidad; el Jefe de Gabinete hace las reestructuraciones presupuestarias necesarias.