Ley 26.324

Artículo 2Facultad para negociar quitas y planes de pago

Texto oficial

Facúltase al Ministerio de Economía y Producción con la asistencia del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto para iniciar negociaciones con los Organismos Internacionales involucrados a fin de obtener quitas sobre el monto total de la deuda consignada en el artículo y/o convenir un plan de facilidades de pago a mediano plazo.

Qué significa en la práctica

Faculta al Ministerio de Economía y Producción, con asistencia de la Cancillería, a negociar con los organismos internacionales para obtener quitas sobre el monto total de la deuda y/o acordar un plan de facilidades de pago a mediano plazo.

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