Ley 26.331

Artículo 12Programa Nacional de Protección de los Bosques Nativos

Texto oficial

— Créase el Programa Nacional de Protección de los , el que será ejecutado por la Autoridad Nacional de Aplicación, y tendrá los siguientes objetivos: a) Promover, en el marco del Ordenamiento Territorial de los , el manejo sostenible de los Categorías II y III, mediante el establecimiento de criterios e indicadores de manejo sostenible ajustados a cada ambiente y ; b) Impulsar las medidas necesarias para garantizar que el aprovechamiento de los sea sostenible, considerando a las comunidades indígenas originarias que los habitan o dependan de ellos, procurando la minimización de los efectos ambientales negativos; c) Fomentar la creación y mantenimiento de reservas forestales suficientes y funcionales, por cada eco región forestal del territorio nacional, a fin de evitar efectos ecológicos adversos y pérdida de servicios ambientales estratégicos. Las citadas reservas forestales deben ser emergentes del proceso de Ordenamiento Territorial de los en cada eco región y podrán incluir áreas vecinas a los necesarias para su preservación; d) Promover planes de reforestación y restauración ecológica de degradados; e) Mantener actualizada la información sobre la superficie cubierta por y su estado de conservación; f) Brindar a las Autoridades de Aplicación de las distintas jurisdicciones, las capacidades técnicas para formular, monitorear, fiscalizar y evaluar los Planes de Manejo Sostenible de los existentes en su territorio, de acuerdo a los criterios de sustentabilidad establecidos en el Anexo. Esta asistencia estará dirigida a mejorar la del personal técnico y auxiliar, mejorar el equipamiento de campo y gabinete y el acceso a nuevas tecnologías de control y seguimiento, promover la cooperación y uniformización de información entre instituciones equivalentes de las diferentes jurisdicciones entre sí y con la Autoridad Nacional de Aplicación. g) Promover la aplicación de medidas de conservación, restauración, aprovechamiento y ordenamiento según proceda.

Qué significa en la práctica

Crea el Programa Nacional de Protección de los para promover el manejo sostenible, crear reservas forestales, impulsar la reforestación, mantener la información actualizada y asistir técnicamente a las jurisdicciones.

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