Ley 26.331

Artículo 18Elaboración y aprobación de los planes

Texto oficial

— Los Planes de Manejo Sostenible de y los Planes de Aprovechamiento del Cambio de Uso del Suelo deberán elaborarse de acuerdo a la reglamentación que para cada región y zona establezca la de la correspondiente, quien deberá definir las normas generales de manejo y aprovechamiento. Los planes requerirán de la evaluación y aprobación de la de la en forma previa a su ejecución y deberán ser suscriptos por los titulares de la actividad y avalados por un profesional habilitado, inscriptos en el registro que se llevará al efecto en la forma y con los alcances que la establezca.

Qué significa en la práctica

Los planes se elaboran según la reglamentación de cada , requieren aprobación previa de la autoridad y deben estar firmados por el titular y avalados por un profesional habilitado inscripto.

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